Las fuentes del derecho constitucional.

El trabajo realiza un estudio de las fuentes del derecho constitucional con la interpretación constitucional, cuyo propósito es demostrar que el problema de las fuentes del derecho constitucional está inescindiblemente unido al problema de la interpretación constitucional. Se desarrollan cuatro cap...

Descripción completa

Autor Principal: Mejía Esquivel, Sandra Patricia
Formato: Tesis
Idioma: Español
Publicado: 2020
Materias:
Acceso en línea: http://www.repositorio.usac.edu.gt/15145/
http://www.repositorio.usac.edu.gt/15145/1/19%20DDC%20T-3591-Mej%C3%ADa.pdf
Sumario: El trabajo realiza un estudio de las fuentes del derecho constitucional con la interpretación constitucional, cuyo propósito es demostrar que el problema de las fuentes del derecho constitucional está inescindiblemente unido al problema de la interpretación constitucional. Se desarrollan cuatro capítulos, el primero trata del tema el problema de las fuentes del derecho constitucional; en el segundo, aparece el tópico de las fuentes formales de la Constitución; el tercero analiza el tema de la costumbre constitucional; y el cuarto, desarrolla el tema de los principios del derecho positivo, del derecho natural y la doctrina como fuente del derecho constitucional; para finalmente tratar de arribar a una conclusión objetiva sobre las hipótesis formuladas en el diseño de la investigación y establecer su posibilidad epistemológica. Por lo tanto, se concluye que en cuanto al orden de prelación en que deben utilizarse las fuentes del derecho constitucional en la interpretación constitucional, en observación de los principios del imperio de la ley y de legalidad, debería ser de la siguiente forma: a) las normas constitucionales de derecho formal; b) las normas constitucionales de derecho informal y; c) las fuentes materiales, indirectas o mediatas. Sin embargo, nada obsta y así lo verifica la práctica de los órganos constitucionales, que dicho orden se vea alterado por razones diversas dependiendo de factores particulares de cada caso y de cada tribunal constitucional.