La Prueba Testimonial en el Delito de Estafa

El presente trabajo surge como motivo de estudiar la prueba testimonial específicamente en relación al delito de estafa, el cual está regulado en el Código Penal en el Art. 215 en los delitos relativos al patrimonio, en el cual según la descripción típica del delito debe de existir un perjuicio patr...

Descripción completa

Autores Principales: Alcántara Interiano, Elsa María, Díaz Arias, Karla Patricia, Vásquez Parada, Karen Marisol
Otros Autores: Villeda Figueroa, Luis Antonio
Formato: Tesis
Idioma: es_SV
Publicado: 2024
Materias:
345
Acceso en línea: https://hdl.handle.net/20.500.14492/9911
Sumario: El presente trabajo surge como motivo de estudiar la prueba testimonial específicamente en relación al delito de estafa, el cual está regulado en el Código Penal en el Art. 215 en los delitos relativos al patrimonio, en el cual según la descripción típica del delito debe de existir un perjuicio patrimonial. La prueba testimonial es un medio utilizado en el derecho penal sin embargo existen muchas dificultades al momento de desarrollo del testimonio no solo por el hecho que este debe ser brindado por la persona que es testigo directo de los hechos y poder establecer que se ha dado una afectación o una disminución económica sobre un bien jurídico patrimonial. En la práctica se desarrolla el interrogatorio el cual debe ser concisa, precisa, y evitar toda información superflua, debido a que es la parte que presenta y preparan los testigos para el desarrollo del mismo, ya que es la forma de cómo se presenta la prueba testimonial ante el juez y, es la parte que debe de poner en práctica las técnicas de cómo interrogar, si no se aplican de manera correcta no se logra un buen resultado al momento de realizarlo. En relación a la valoración de la prueba testimonial el sistema de valoración que actualmente aplican es de la sana crítica, permite que el juez tenga un papel más protagónico en la producción de la prueba testimonial, debiendo en consecuencia, analizar los hechos sometidos a su conocimiento; ya que da más libertad y criterio debido a que el juez debe tener amplios conocimientos en aspectos como la lógica, la psicología y la experiencia por ende está obligado a motivar y fundamentar sus resoluciones.