La tutela penal de la intimidad documental, informática y de las telecomunicaciones
Nuestro trabajo de graduación trata sobre el derecho a la intimidad particularmente en sus manifestaciones relacionadas con la intimidad documental informática y de las telecomunicaciones. Frente a este derecho existen aún múltiples discusiones en el ámbito legal dado a que su reconocimiento como d...
Autor Principal: | Díaz Sánchez, Dania Damaris |
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Formato: | Tesis |
Idioma: | Español |
Publicado: |
2008
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Materias: | |
Acceso en línea: |
http://up-rid.up.ac.pa/695/ http://up-rid.up.ac.pa/695/1/dania_diaz.pdf |
Sumario: |
Nuestro trabajo de graduación trata sobre el derecho a la intimidad particularmente en sus manifestaciones relacionadas con la intimidad documental informática y de las telecomunicaciones. Frente a este derecho existen aún múltiples discusiones en el ámbito legal dado a que su
reconocimiento como derecho inherente a la personalidad es de creación reciente lo que ha motivado que no exista una doctrina uniforme frente al tema. Lo anterior ha incidido en las distintas legislaciones en las que aún se le ubica como parte del bien jurídico de la libertad. En este trabajo de investigación nos dispusimos a establecer la importancia que tiene la intimidad como derecho
fundamental del hombre efectuando para ello una revisión de la doctrina así como, también de la legislación nacional y su tutela en el derecho comparado. La metodología utilizada principalmente es la documental puesto que nos hemos servido de diversos libros, artículos jurídicos, leyes y jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de Panamá, a fin de conocer los aspectos relevantes que se han planteado con referencia al tema de estudio objeto de la presente investigación. De la misma forma realizamos un estudio comparativo
entre nuestras normas y la de otros países con la
finalidad de poder establecer, si las mismas tutelan de
manera adecuada las distintas manifestaciones de la
intimidad. Como resultado de todo lo investigado,
concluimos que se hace necesario modificar nuestra
legislación con referencia a la intimidad tanto a nivel
constitucional, dado a que la Constitución no lo reconoce expresamente como derecho fundamental, como a nivel de las normas penales a fin de que estas puedan tutelar de manera adecuada, no solo las manifestaciones tradicionales de la intimidad, como es la que se realiza mediante documentos sino también la concerniente a la que se desarrolla mediante las telecomunicaciones y la informática. |
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