Declaración testimonial del niño o niña de cuatro años en el proceso penal guatemalteco

El Código Procesal Penal, Decreto 51-92, establece el procedimiento que deberá seguirse en el proceso penal guatemalteco, y regula el mecanismo que deberá aplicarse en cuanto a los medios de prueba, los cuales van a aportar lo sucedido en un acto o hecho determinado, y el medio de prueba más común l...

Descripción completa

Autor Principal: Coy Chen, Angel Luis
Formato: Tesis
Idioma: Español
Publicado: 2015
Materias:
Acceso en línea: http://www.repositorio.usac.edu.gt/4111/
http://www.repositorio.usac.edu.gt/4111/1/%2817%29%20TD%20074.pdf
Sumario: El Código Procesal Penal, Decreto 51-92, establece el procedimiento que deberá seguirse en el proceso penal guatemalteco, y regula el mecanismo que deberá aplicarse en cuanto a los medios de prueba, los cuales van a aportar lo sucedido en un acto o hecho determinado, y el medio de prueba más común la prueba testimonial, es la declaración de una persona física, recibida en el curso del proceso penal, y se encuentra regulada dentro de la misma la declaración de los menores, y que va relacionada con lo establecido con la Ley de Protección Integral de la Niñez y Adolescencia. Para realizar una investigación objetiva, se consultaron temas relacionados a las instituciones jurídicas de los medios de prueba, la declaración testimonial, la declaración testimonial de los menores, la prueba lúdica, y el medio idóneo para recibir dicha declaración en el proceso penal, y en este caso en particular, la declaración de un niño o niña de cuatro años de edad, se debe recibir a través de la Cámara Gesell, que es el método ideado e inventado según la rama de la psicología. Se deberá aplicar la prueba lúdica, utilizando las técnicas psicológicas adecuadas, a través de juegos para niños con diversos enfoques, para poder extraer la versión de un hecho determinado que se necesita establecer.