Implicaciones de la utilización del consentimiento informado en la evaluación psicológica forense.

Evalúa las razones éticas, deontológicas y legales por las cuales debiera hacerse uso del consentimiento informado en la evaluación psicológica forense en las instituciones que la realizan en Guatemala. Describe el razonamiento ético por el cual el consentimiento informado no se aplica de igual mane...

Descripción completa

Autor Principal: Soc Rosales, Cesia Kelyta
Formato: Tesis
Idioma: Español
Publicado: 2019
Materias:
Acceso en línea: http://www.repositorio.usac.edu.gt/13081/
http://www.repositorio.usac.edu.gt/13081/1/13TMPsF%28003%29.pdf
Sumario: Evalúa las razones éticas, deontológicas y legales por las cuales debiera hacerse uso del consentimiento informado en la evaluación psicológica forense en las instituciones que la realizan en Guatemala. Describe el razonamiento ético por el cual el consentimiento informado no se aplica de igual manera a adultos y menores de edad. Determina la finalidad del consentimiento informado tanto para el psicólogo que realizará la evaluación, como para el usuario remitido a evaluación. Establece los elementos que debe contener el consentimiento informado utilizado en la evaluación psicológica forense. Identifica las consecuencias en caso de no aplicar el consentimiento informado, o no hacerlo de forma correcta. Los sujetos de investigación fueron seleccionados por medio de la técnica de muestreo fue no aleatoria. Estuvo integrada por 12 psicólogos que actualmente laboran en el campo forense en instituciones como: Organismo Judicial, Ministerio Público e Instituto Nacional de Ciencias Forenses de Guatemala; de los cuales 5 son hombres y 7 mujeres, oscilan entre las edades de 25 a 52 años de edad, 8 de ellos poseen un diplomado en psicología forense, 3 poseen además una maestría, únicamente uno no cuenta con especialización. La experiencia que tienen en el ámbito forense es de 1 a 9 años. Para recolectar datos se utilizó un cuestionario que se dividió en cinco categorías. Analiza los resultados y concluye, que el uso del consentimiento informado tiene fundamento y vigencia nacional a través del código de ética del colegio de psicólogos, Código Procesal Penal y reglamentos, procedimientos o manuales internos de las instituciones. Responde actualmente a un proceso mediante el cual se le proporciona información respecto del procedimiento relacionado a la peritación en delitos sexuales.