Importancia del marco legal para regular el proceso de uso de células madre en Nicaragua

Con el presente trabajo investigativo en el que abordamos la necesidad de establecer un marco jurídico que regule las actuaciones médico quirúrgicas en el campo estético y clínico sobre la aplicación del uso de células madre, pretendemos que nuestros legisladores se sensibilicen en la necesidad de p...

Descripción completa

Autores Principales: Gómez Larios, Juan Carlos, Martínez Parrales, Aldo Manuel
Formato: Tesis
Idioma: Español
Español
Publicado: 2015
Materias:
Acceso en línea: http://repositorio.unan.edu.ni/9808/
http://repositorio.unan.edu.ni/9808/1/7700.pdf
http://repositorio.unan.edu.ni/9808/2/GetAttachmentThumbnail.jpg
Sumario: Con el presente trabajo investigativo en el que abordamos la necesidad de establecer un marco jurídico que regule las actuaciones médico quirúrgicas en el campo estético y clínico sobre la aplicación del uso de células madre, pretendemos que nuestros legisladores se sensibilicen en la necesidad de proveer de seguridad jurídica a través de los instrumentos legales necesarios a los titulares de este novedoso servicio de salud, presente en otras legislaciones y en el cual está incursionando la ciencia médica de nuestro país para la resolución de múltiples problemas que aquejan a los individuos. Actualmente en nuestro país carecemos de un marco legal de esta naturaleza, ya que el existente solo abarca los órganos y tejidos y es necesaria la reforma que sustente el ejercicio procedimental en el aspecto de la recolección ,almacenamiento , distribución y regulación para el uso de células madre en la aplicación de esta técnica, además de la ausencia de las instituciones como banco de células madre, un Instituto Nacional de Control y Estándares biológicos encargados de aglutinar todos los aspectos antes descritos, así como también la inexistencia de un Consejo para la Investigación Médica, se hacen necesarios para complementar todo el órgano regulador que permitirá controlar todo el ejercicio de esta novedosa técnica. Si bien aún nos hallamos muy distantes de estas perspectivas, no se puede perder de vista que la falta de regulación o control de estas técnicas podría desencadenar en preocupantes conflictos y prácticas extremas y peligrosas, que no están reguladas por nuestra legislación de una forma clara y precisa, por lo tanto, nos encontramos con un enorme vacío jurídico que conllevará a un resultado desalentador y poco ético en algunas prácticas. El propósito es, obtener un ejercicio correcto que ayudará a las personas que son aquejadas por algunos males que podrán ser subsanados, por lo tanto, consideramos que es necesaria su regulación. Debido a los recientes problemas acaecidos en nuestro país en el ámbito de la salud, es de vital importancia controlar las actuaciones de los galenos en conjunto con las instituciones creadas con este fin, desde el punto de vista de la mala praxis (impericias, imprudencia, negligencia e inobservancia de los reglamentos y protocolos). También en el uso de células madre en los diversos modalidades quirúrgicas (ámbito estético y clínico), se han realizado intervenciones, como en el caso de la clínica CURISMO que realizó servicios médicos sin ninguna regulación poniendo en peligro la salud de los usuario y generando descontento entre los mismos y entre la sociedad en general, sobre todo en la Asociación Médica Nicaragüense. Por esto, la iniciativa de nuestro trabajo es proponer la inclusión de todos los aspectos procedimentales que contiene la legislación internacional, por ejemplo: se tomó de la legislación española el ámbito de aplicación, procedimiento de obtención y donación, así como la autorización de actividades correspondiente en los diferentes centros especializados. De la legislación mexicana tomamos la promoción de las donaciones, cuya naturaleza de la misma debe ser de carácter altruista, como lo determina el principio rector número seis de la Organización Mundial de la Salud (OMS). En relación a la legislación vigente se propone, reformar algunos artículos de la ley 847 (Ley de donación y trasplantes de órganos, tejidos y células para seres humanos) para incluir aspectos normativos de la especialidad de usos de células madre, protegiendo así las actividades quirúrgicas y demás actos propios de la medicina en este sentido. En cuanto a Ley general de salud, (Ley 423) se propuso reformar el capítulo v de los órganos y trasplantes, adicionándole los artículos 75, 76, 77, 78, 79, 80, 81,82, 83,84,85,86,87 y 88,en los cuales se tomaron en consideración, el objeto y ámbito de aplicación y algunas definiciones necesarias, así como también, la donación y obtención de células madre, autorización de centros y unidades de obtención, así mismo, las condiciones generales de funcionamiento de los bancos de células y células madre.