La Incorporación de la Prueba Testifical según el Código Procesal del Trabajo y de la Seguridad Social de Nicaragua

Los medios de prueba son significativos en el derecho procesal, ya que por ellos se logrará provocar la certeza del juez para hacer valer el derecho que se insinúa en un conflicto laboral, sin excepción de partes; sin la presencia de las pruebas en un proceso judicial no se podría acreditar y justi...

Descripción completa

Autores Principales: Hernández Potosme, Alejandra Isamar, Estrada Méndez, Tania Elizabeth
Formato: Tesis
Idioma: Español
Español
Publicado: 2014
Materias:
Acceso en línea: http://repositorio.unan.edu.ni/9451/
http://repositorio.unan.edu.ni/9451/1/17457.pdf
http://repositorio.unan.edu.ni/9451/2/cc.jpg
Sumario: Los medios de prueba son significativos en el derecho procesal, ya que por ellos se logrará provocar la certeza del juez para hacer valer el derecho que se insinúa en un conflicto laboral, sin excepción de partes; sin la presencia de las pruebas en un proceso judicial no se podría acreditar y justificar lo manifestado en la demanda, y no sería posible la solución de conflictos de manera racional. De aquí parte la importancia de estudiar la correcta “Incorporación de la Prueba Testifical según el nuevo Código Procesal del Trabajo y de la Seguridad Social de Nicaragua”. Ya que la prueba testifical ,tiene como objetivo llegar a la verdad material de los hechos, y si no existe una correcta incorporación está será declarada inadmisible, es decir la pretensión que se afirma sería insostenible ante la ley, como consecuencia de este descuido procesal se tendría una sentencia desfavorable aunque sea dueño del derecho. En Nicaragua los juicios del trabajo son orales, esto facilita aún más la incorporación de cada prueba y lograr un proceso rápido; por lo tanto, la prueba testifical se debe rendir de manera oral, sin escritos de preguntas y repreguntas, bajo promesa de decir la verdad y con la advertencia de las consecuencias por falso testimonio; el sistema que utilizará la autoridad judicial para valorar las pruebas presentadas es la sana crítica, es decir, la apreciación de la prueba a través de la lógica, las máximas de la experiencia y los conocimientos adquiridos. El demandante tiene la obligación de probar los hechos que fundamente o delimiten su pretensión, esto significa que lleva la carga de prueba, en cambio el demandado tiene la obligación de probar los hechos que impidan, excluyan o hayan extinguido la obligación que se le reclama o la pretensión, en este caso se invierte la carga de probar. En relación a este tema surge la incógnita: ¿Es correcta la incorporación de la Prueba Testifical en el Proceso del trabajo?, ¿Su aplicación está sujeta al vigente Código Procesal del Trabajo y de la Seguridad Social de Nicaragua?, esto motiva a un estudio meticuloso del tema para llegar a comprobar dicha hipótesis