Normas Internacionales de Información Financiera para Pymes y Medianas Entidades : Análisis de la sección 29 impuesto a las ganancias según las normas internacionales de información financieras para pequeñas y medianas entidades y el tratamiento según la base fiscal en Nicaragua aplicado a los estados financieros de la empresa Technology,S.A. en el periodo 2015

El presente seminario de graduación consiste en un análisis a la sección 29 impuesto a las ganancias de las normas internacionales de información financiera para pequeñas y medianas entidades y el tratamiento según la base fiscal en Nicaragua, aplicando un caso práctico a los estados financieros de...

Descripción completa

Autores Principales: Flores Sánchez, Aryeris Amalia, Quintero Blandón, Katherine Julieth
Formato: Tesis
Idioma: Español
Español
Publicado: 2017
Materias:
Acceso en línea: http://repositorio.unan.edu.ni/4911/
http://repositorio.unan.edu.ni/4911/1/18021.pdf
http://repositorio.unan.edu.ni/4911/2/GetAttachmentThumbnail.jpg
Sumario: El presente seminario de graduación consiste en un análisis a la sección 29 impuesto a las ganancias de las normas internacionales de información financiera para pequeñas y medianas entidades y el tratamiento según la base fiscal en Nicaragua, aplicando un caso práctico a los estados financieros de la empresa TECHNOLOGY, S. A. en el periodo 2015. La importancia de este tema radica en que permite conocer el impuesto a las ganancias, como surge, se clasifica y afecta la información financiera de una empresa. Además se especifica el tratamiento contable que tienen las diferencias que resultan entre la base normativa y la fiscal. La contabilidad es un proceso de identificación, medición y comunicación de información económica que permite la toma de decisiones; se rige por principios, entre estos se encuentran los principios de contabilidad generalmente aceptados, y actualmente se utilizan las normas internacionales de información financiera. En Nicaragua las leyes tributarias son: el Código Tributario (C.Tr. 562), la Ley de Concertación Tributaria (Ley 822), y el Reglamento a la Ley de Concertación Tributaria. La norma internacional de información financiera en la sección 29, define que el impuesto a las ganancias incluye los impuestos nacionales y extranjeros, que estén basados en ganancias fiscales, y se pueden reconocer como impuestos corrientes o impuestos diferidos. El impuesto corriente, es el impuesto por pagar (recuperable) por las ganancias (pérdidas) fiscales del período actual o de períodos anteriores. El impuesto diferido, es el que se genera por diferencias temporarias por pagar o por recuperar en periodos futuros. Es importante considerar que las empresas para realizar las declaraciones de impuestos, deben elaborar la conciliación fiscal con el objetivo de ajustar el resultado contable y adecuarlo a las disposiciones legales tributarias.