Normas Internacionales de Información Financiera para Pymes y Medianas Entidades : Análisis de la sección 29 impuesto a las ganancias según las normas internacionales de información financieras para pequeñas y medianas entidades y el tratamiento según la base fiscal en Nicaragua aplicado a los estados financieros de la empresa Technology,S.A. en el periodo 2015
El presente seminario de graduación consiste en un análisis a la sección 29 impuesto a las ganancias de las normas internacionales de información financiera para pequeñas y medianas entidades y el tratamiento según la base fiscal en Nicaragua, aplicando un caso práctico a los estados financieros de...
Autores Principales: | Flores Sánchez, Aryeris Amalia, Quintero Blandón, Katherine Julieth |
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Formato: | Tesis |
Idioma: | Español Español |
Publicado: |
2017
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Materias: | |
Acceso en línea: |
http://repositorio.unan.edu.ni/4911/ http://repositorio.unan.edu.ni/4911/1/18021.pdf http://repositorio.unan.edu.ni/4911/2/GetAttachmentThumbnail.jpg |
Sumario: |
El presente seminario de graduación consiste en un análisis a la sección 29 impuesto a las ganancias de las normas internacionales de información financiera para pequeñas y medianas entidades y el tratamiento según la base fiscal en Nicaragua, aplicando un caso práctico a los estados financieros de la empresa TECHNOLOGY, S. A. en el periodo 2015.
La importancia de este tema radica en que permite conocer el impuesto a las ganancias, como surge, se clasifica y afecta la información financiera de una empresa. Además se especifica el tratamiento contable que tienen las diferencias que resultan entre la base normativa y la fiscal.
La contabilidad es un proceso de identificación, medición y comunicación de información económica que permite la toma de decisiones; se rige por principios, entre estos se encuentran los principios de contabilidad generalmente aceptados, y actualmente se utilizan las normas internacionales de información financiera.
En Nicaragua las leyes tributarias son: el Código Tributario (C.Tr. 562), la Ley de Concertación Tributaria (Ley 822), y el Reglamento a la Ley de Concertación Tributaria.
La norma internacional de información financiera en la sección 29, define que el impuesto a las ganancias incluye los impuestos nacionales y extranjeros, que estén basados en ganancias fiscales, y se pueden reconocer como impuestos corrientes o impuestos diferidos. El impuesto corriente, es el impuesto por pagar (recuperable) por las ganancias (pérdidas) fiscales del período actual o de períodos anteriores. El impuesto diferido, es el que se genera por diferencias temporarias por pagar o por recuperar en periodos futuros.
Es importante considerar que las empresas para realizar las declaraciones de impuestos, deben elaborar la conciliación fiscal con el objetivo de ajustar el resultado contable y adecuarlo a las disposiciones legales tributarias. |
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