Normas Internacionales de Información Financiera para las Pequeñas y Medianas entidades (NIIF para Pymes) Análisis de la sección 29 Impuesto a las ganancias según las NIIF para las Pymes en la empresa Comercial Oasis de Bendición,S.A. en el periodo 2016-2017

El tratamiento de los impuestos a las ganancias de las pequeñas y medianas entidades, debe ser el adecuado; es precisamente lo que las Normas Internaciones de Información Financiera para las Pequeñas y Medianas Entidades (NIIF para las PYMES) vienen a establecer, todo para el debido tratamiento fi...

Descripción completa

Autor Principal: Rocha Chavarria, Katherine Suyen
Formato: Tesis
Idioma: Español
Español
Publicado: 2019
Materias:
Acceso en línea: http://repositorio.unan.edu.ni/10736/
http://repositorio.unan.edu.ni/10736/1/19454.pdf
http://repositorio.unan.edu.ni/10736/2/Licencia.jpg
Sumario: El tratamiento de los impuestos a las ganancias de las pequeñas y medianas entidades, debe ser el adecuado; es precisamente lo que las Normas Internaciones de Información Financiera para las Pequeñas y Medianas Entidades (NIIF para las PYMES) vienen a establecer, todo para el debido tratamiento financiero y debida clasificación, para la adecuada presentación en los estados financieros. El presente trabajo hace referencia a la importancia del adecuado reconocimiento de los impuestos a las ganancias; teniendo objetividad para la debida y la correcta presentación en los estados financieros de la empresa –y al conjunto que lo conforman-. La empresa “ÓASIS DE BENDICIÓN S.A” busca la implementación adecuada a la sección 29 “Impuesto a las Ganancias” de las Normas Internacionales de Información Financiera para las Pequeñas y Medianas Entidades (NIIF para las PYMES) todo con el fin de aplicar el debido tratamiento contable y la razonabilidad de estos presentados adecuadamente en los estados financieros, dicha empresa ya está regida por las NIIF para las PYMES sin embargo dicho análisis a la información financiera se le realizará debido que ha venido presentando diferencias temporarias imponibles y se pretende cerrar dicho ciclo. El motivo de aplicación de la sección 29 “Impuesto a las Ganancias” es para presentar mayor credibilidad en su información financiera; así como acceder a los mercados de capital, adaptarse a dicha norma, contar con comparabilidad de sus estados financieros, atraer la inversión y tener mejores oportunidades de financiamientos al presentar información reconocida mundialmente. Siendo aplicada la sección 29 “Impuestos a las ganancias” con el debido análisis de las normas tributarias aplicables a esta, se obtuvieron pérdidas fiscales por diferencias de los saldos presentados según libros contables y según base fiscal, siendo dichas diferencias un pasivo por impuestos diferidos; viniendo dicha cifra de la aplicación del 30% al total de dichas diferencias presentadas como saldo menor en los registros contables de la empresa.